¿Cuáles son las prestaciones mínimas de Ley en México?
- comunicacion010722
- 11 may 2023
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Las prestaciones de ley son beneficios adicionales al sueldo a las que todo colaborador tiene derecho, estas tienen la finalidad de mejorar las condiciones de los colaboradores.
Aguinaldo
Surgió como una prestación en la Ley Federal del Trabajo en 1970, en forma obligatoria. Es una remuneración extra al salario, de manera anual que debe cubrirse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 día de salario.
Vacaciones
Por ley todos los trabajadores disfrutarán de12 días de vacaciones a partir del primer año de trabajo y dos días por cada subsecuente año laboral.
Prima Vacacional
Todos los trabajadores deben recibir un monto extra para disfrutar de sus vacaciones, este debe ser de por lo menos 25% de los salarios correspondientes a los días de vacaciones.
Prima Dominical
El artículo 71 de la LFT nos dice que los trabajadores que presten servicio el domingo, tendrán derecho a una prima adicional de un 25%, por lo menos, sobre el salario de los días ordinarios de trabajo.
Días de descanso
El trabajador tiene derecho a disfrutar de un día de descanso, por cada seis laborados, con goce de salario íntegro, sí el trabajador labora en los días de descanso semanal o los días obligatorios, recibirá un salario doble por el servicio prestado.
Licencia de maternidad
Es un derecho que tienen las mujeres trabajadoras antes y después del parto, de no asistir a sus labores, con el objeto de proteger la maternidad y cuidado del infante. Son seis semanas de descanso anteriores y seis posteriores al parto, en caso de que los hijos presenten cualquier tipo de discapacidad o requieran atención médica hospitalaria, el descanso podrá ser de hasta ocho semanas posteriores al parto, recuerda que durante este periodo se recibe el salario íntegro.
Licencia por paternidad y adopción
Los hombres trabajadores tienen derecho a un descanso de cinco días laborables a partir del nacimiento de su hijo. En caso de adopción disfrutará de descanso de cinco días posteriores al día que reciba al infante, en el caso de las mujeres trabajadoras el periodo de descanso es de seis semanas con goce de sueldo, posteriores al día que reciba al infante.
Periodo de lactancia
Consta de dos reposos extraordinarios por día en un lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, los cuales serán de media hora cada uno para alimentar a sus hijos, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo en sustitución de los periodos de reposo, esto en un periodo de 6 meses como máximo.
Prima de antigüedad
Pago adicional de los empleadores a las personas trabajadoras que se separan de manera voluntaria de su trabajo, siempre y cuando hayan cumplido, por lo menos, quince años de servicio, el pago es de doce días de salario por cada año de servicio, es importante mencionar que el monto de la prima de antigüedad no puede ser inferior a un salario mínimo o superior a dos salarios mínimos, y en caso de que el salario exceda, este monto estará topado dos salarios mínimos.
PTU
Es la Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la empresa, es decir, la obligación que tienen los patrones de repartir entre sus trabajadores un porcentaje de las ganancias generadas por la empresa durante el año. El reparto se realiza del 1° de abril al 30 de mayo para personas morales y del 1° de mayo al 29 de junio para personas físicas. La mitad de las utilidades conforme a los días trabajados y la otra mitad de acuerdo con el monto de los salarios percibidos.
Es importante que conozcas cuáles son las prestaciones laborales a las que tienes derecho ya que estas nos permiten mantener una estabilidad laboral.







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